Matrimonio Civil en Colombia para Extranjeros: 3 Pasos a Seguir

Matrimonio Civil en Colombia

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Matrimonio Civil en Colombia

Aunque se tenga planeado hacer un matrimonio por la iglesia, la legislación colombiana exige que se realice un matrimonio civil en Colombia. Aquí te contaremos cómo puedes hacerlo, ya que cada vez son más los extranjeros que sucumben al encanto colombiano y deciden hacer un matrimonio local.

¿Necesito la nacionalidad colombiana para poder contraer un Matrimonio Civil en Colombia?

Si eres ciudadano extranjero, no necesitas la nacionalidad para casarse en Colombia. Todo matrimonio civil efectuado en el territorio nacional es un tipo de contrato y deberá ser realizado por un notario.

¿Qué documentos necesito para el Matrimonio civil en Colombia?

Otros temas importantes en los siguientes, link:

Cédula Colombiana para Extranjeros

Nacionalidad Colombiana

PEP en Colombia para extranjeros

Cualquier ciudadano extranjero que quiera casarse en Colombia deberá presentar los siguientes documentos:

  • El pasaporte vigente con una visa válida o una cédula de extranjería.
  • Una fotocopia autenticada del pasaporte.
  • Registro civil de quienes se van a casar, con término de un mes de vigencia para los colombianos, y dos meses para los extranjeros.
  • Una fotocopia autenticada del registro de nacimiento. Si no está en español ésta debe ser traducida y apostillada.
  • Una solicitud verbal o escrita de los novios, en la que manifiestan su deseo de unirse. En este documento se debe incluir el nombre de los padres y su domicilio, y el nombre de los testigos, acompañado de una declaración de éstos sobre por qué la pareja posee las cualidades necesarias para contraer matrimonio.
  • Si alguno o ambos de los contrayentes son extranjeros deben presentar un certificado de soltería. Si además de casarse por lo civil, te gustaría hacer una ceremonia católica, estos son los papeles que debes presentar, además de los mencionados anteriormente:
  • El certificado de bautismo emitido con tres meses de anterioridad.
  • El certificado de confirmación. Si éste fue emitido en un idioma diferente al español, deber ser traducido y apostillado. Si alguno de los novios no es católico debe presentar un certificado de la religión a la cual pertenece.
  • Si alguno de los contrayentes ha sido casado anteriormente por la Iglesia, y el ex cónyuge aún está vivo, debe presentar una certificación de anulación del matrimonio, de lo contrario, no podrá contraer matrimonio nuevamente en Colombia.
La novia y el novio caminando en la playa de arena Foto gratis
  • Un certificado de soltería juramentado ante un sacerdote y autenticado por un funcionario de la Iglesia, en el que dos familiares confirmen hace cuánto conocen al contrayente y a la vez certifiquen que éste nunca se ha casado en una ceremonia católica. De haberlo hecho, deben anotar la razón por la cual se disolvió el matrimonio.

Algunos casos especiales son:

  • Si tiene la nulidad de un matrimonio civil en Colombia previo, se debe presentar la copia autenticada del registro civil del matrimonio donde conste la sentencia del caso.
  • Si se es divorciado, es necesario presentar fotocopia autenticada del registro civil del matrimonio anterior con la anotación marginal del divorcio.
  • Si se es viudo, debe presentar el registro de defunción del cónyuge, al igual que la copia autenticada del matrimonio anterior.

¿Cuáles son los requisitos para matrimonio civil en Colombia?

Para contraer Matrimonio Civil en Colombia, en cualquier caso, necesitas lo siguiente:

  • Solicitud suscrita por los contrayentes o sus apoderados.
  • Si la solicitud se hace a través de un apoderado, debe presentar poder especial, traducido si es el caso y apostillado.
  • Registro civil de nacimiento (máximo tres meses de expedido), válidos para acreditar parentesco o contraer matrimonio civil en Colombia.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía o documento de identidad.
  • Registro civil de nacimiento del extranjero (a) traducido si es el caso y apostillado.
Recién casados levantando las manos después de la ceremonia de boda terminada Foto gratis
  • Pasaporte del extranjero.
  • Inventario solemne de bienes si hay menores de edad hijos de colombiano.
  • Traductor oficial si no hablan español.
  • La documentación debe ser presentada con 8 días hábiles de anticipación a la fecha de celebración del matrimonio civil en Colombia. A veces se pueden presentar algunas discrepancias con estos requisitos dependiendo de la Notaria a la que visite, pero en general, esta es la documentación solicitada.

Los dos interesados deberán presentar personalmente la solicitud de que trata el matrimonio civil en Colombia entre nacionales. Si alguno de los interesados no puede asistir, debe otorgar poder especial bien sea para presentar la solicitud y documentación, y/o para la celebración del matrimonio.

El ciudadano colombiano debe aportar el registro civil de nacimiento expedido con  antelación no mayor a un mes.
El ciudadano extranjero debe aportar su registro civil de nacimiento, con la debida traducción de ser necesario y la correspondiente apostille, certificado de soltería o sus equivalentes y Visa de cualquier clase o categoría o permiso de ingreso y permanencia expedido por el D.A.S. Todos estos documentos deben ser expedidos con antelación no mayor a tres meses a la fecha de la solicitud del matrimonio.

Además de los documentos citados, el extranjero para la celebración del matrimonio debe aportar el documento idóneo de identificación, que es el  pasaporte  vigente o cédula  de  extranjería  o  el carnet que expide la Dirección del Protocolo; la visa, o el permiso de ingreso, deben estar vigentes. No es necesario una visa especial para contraer matrimonio civil en Colombia.

En caso que se trate de segundas nupcias el extranjero debe aportar, además de los solicitado,  el registro civil de defunción del cónyuge con quien se estuvo unido en matrimonio anterior, o los registros civiles donde conste la sentencia de divorcio o de nulidad o de dispensa pontificia, debidamente registrada; y un inventario solemne de bienes, en caso de existir hijos,  en la forma prevista por la ley.

Si en el país de origen del extranjero no existen jueces de familia para efecto del nombramiento de curador, debe existir alguna autoridad que haga sus veces y es ésta a quien le corresponde elaborar dicho inventario, si no existe quién elabore el inventario, deberá anexar certificación en tal sentido, expedida por autoridad competente. Lo anterior, por cuanto la ley no hace excepción alguna respecto al inventario de bienes en tratándose de extranjeros.

Una vez aceptada la solicitud con sus anexos, la Notaria envía un edicto al funcionario competente del registro civil del lugar de nacimiento del extranjero, que será fijado por cinco (5) días hábiles. Vencido este término de fijación del edicto, el funcionario competente lo devuelve a la Notaría. Igualmente la Notaria fijará por el término de 5 días hábiles el correspondiente edicto, y después de la desfijación si no se hubiere presentado oposición alguna, se señalará la fecha de la audiencia de celebración de matrimonio civil.

Se debe tener en cuenta que la Notaría no puede garantizar ningún término ni fecha para la celebración de la audiencia matrimonial hasta tanto no se hayan surtido plenamente los trámites consulares,  de fijación del edicto en el país de origen; ya que dependiendo del país destinatario del edicto, este puede conllevar un plazo que de acuerdo a los antecedentes registrados oscila de entre 1 a 6 meses.

Para perfeccionar el matrimonio civil en Colombia, se fijará una fecha en la que se otorga y autoriza la escritura pública. A esta audiencia deberán asistir los contrayentes o sus apoderados, en todo caso deberá estar presente al menos uno de los interesados.

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