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Solicitud de refugio en México para extranjeros
A continuación encontrarás información detallada sobre el procedimiento para la solicitud de refugio en México. Si tienes miedo de regresar a tu país, puedes solicitar protección como refugiado en México. El proceso es gratuito y confidencial.
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Paso 1: Presentar solicitud de refugio en México

Puedes hacer la solicitud de refugio en México ante la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) en Ciudad de México, Acayucan (Veracruz), Tenosique (Tabasco) o Tapachula (Chiapas), o a las Oficinas de Regulación Migratoria del Instituto Nacional de Migración (INM) en el resto del país. Dentro de un plazo de 30 días hábiles después de tu ingreso a México.
Si tienes más de 30 días en México, acércate a la autoridad y explica las razones por las cuales no te fue posible presentarte antes.
La COMAR te pedirá llenar un formulario explicando por qué saliste de tu país. Si tu familia te acompaña, no olvides incluirlos en tu solicitud; si se encuentran en el país de origen debes indicarlo.
Al presentar la solicitud de refugio en México esta debe ser admitida por la COMAR, quien emite una constancia, prueba de que has iniciado el procedimiento.
Al solicitar protección como refugiado tienes el derecho a no ser devuelto a tu país. Con tu constancia también puedes solicitar al INM tu tarjeta de visitante por razones humanitarias, la cual te permite trabajar durante el trámite.
También puedes contactar a la COMAR desde una estación migratoria y realizar tu solicitud desde ese lugar. Pide que te comuniquen con la COMAR.
Tienes derecho a tener un abogado durante todo el procedimiento.
Paso 2: Entrevista para la solicitud de refugio en México

La COMAR te entrevista para conocer los motivos por los cuales saliste de tu país. También, deberás exponer las razones por las que no quieres o puedes regresar. Es importante dar el mayor número de detalles posibles. Así podrás pasar la entrevista de solicitud de refugio en México.
En caso de contar con cualquier documento o información relacionada a tu caso, debes aportarlo, pero es importante que sepas que no necesitas pruebas de lo que pasó en tu país.
La entrevista debe ser realizada de manera individual. También puedes elegir si te entrevista un hombre o una mujer. Además, si no hablas español, tienes derecho a un intérprete o traductor durante el proceso.
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Paso 3: Respuesta de la solicitud de refugio en México

La COMAR estudia tu caso y te dará el resultado hasta 55 días hábiles (lunes a viernes, sin contar fines de semana y días festivos en México) después de la fecha marcada en tu constancia. Son 45 días hábiles para tomar una decisión, más 10 días para informarte el resultado. En algunos casos, la COMAR puede ampliar el plazo por otros 45 días hábiles.
Paso 4: Qué hacer después de recibir la respuesta sobre la solicitud de refugio en México
Si es positiva: en coordinación con la COMAR tendrás que acudir al Instituto Nacional de Migración (INM) para tramitar tu residencia permanente en México como refugiado. ¡Gracias a la solicitud de refugio en México!
Todos tus familiares incluidos en la solicitud serán reconocidos como refugiados.

Si es negativa: tienes el derecho a presentar una apelación dentro de los 15 días hábiles (lunes a viernes, sin contar días festivos en México) siguientes a la notificación. Posteriormente, la COMAR revisará tu caso por segunda ocasión. Esto puede tardar hasta 90 días naturales (lunes a domingo). Si no tienes un abogado gratuito, puedes acudir a cualquier oficina del Instituto Federal de la Defensoría Pública.
Si la COMAR niega tu caso por segunda ocasión, tienes derecho a recibir apoyo de un abogado para continuar con tu apelación ante un juez.
Si no quieres una segunda revisión de tu caso podrías retornar a tu país.
Toma en cuenta que durante el procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado debes:
- Permanecer en el estado donde presentaste tu solicitud. Si deseas trasladarte a un estado distinto debes solicitar autorización a la COMAR. Toma en cuenta que, si te trasladas sin autorización de COMAR, tu caso se da por abandonado.
- Acude semanalmente a las oficinas de la COMAR o del INM donde presentaste tu solicitud para firmar una constancia de que permaneces en el estado.
- Asistir a todas las entrevistas que sean solicitadas por la COMAR.

Si lo deseas puedes pedir orientación a la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR) en México al 01 800 226 87 69 o al correo: mexme@unhcr.org
Información importante sobre la solicitud de refugio en México
Cualquier extranjero que encontrándose en territorio nacional, tiene derecho a solicitar que le sea reconocida la condición de refugiado, y debe presentar su solicitud ante la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados o ante Instituto Nacional de Migración, en este caso el Instituto canalizará la solicitud a la Coordinación General.
Recibida formalmente la solicitud, se garantiza la no devolución del solicitante a su país de origen o al lugar en donde su vida, seguridad o libertad se vean amenazadas. De igual forma, se aplican los principios de confidencialidad y no discriminación.
El solicitante debe acudir ante la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados para llenar un cuestionario y ser entrevistados de manera personal, durante la entrevista el solicitante debe narrar los hechos en los que basa su solicitud, así como aportar los elementos que considere pertinentes. En caso de ser necesario se le proporciona asistencia de un traductor o intérprete de su lengua o de una lengua de su comprensión.

Posteriormente, la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados realiza una investigación a detalle de las condiciones sobre el país de origen, en la cual recopila la opinión de la Secretaría de Relaciones Exteriores, así como información objetiva proveniente de fuentes confiables, y en caso de ser necesario solicita información al Alto Comisionado de las Naciones Unidad para los Refugiados.
La Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, tomando en cuenta los hechos narrados por el solicitante durante la entrevista y la investigación de información; realiza el análisis de la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado.
Dentro del plazo de 45 días hábiles posteriores a la presentación de la solicitud, la Coordinación General debe emitir una resolución fundada y motivada respecto del reconocimiento o no de la condición de refugiado.
En caso de reconocerse la condición de refugiado a un extranjero, el Instituto Nacional de Migración lo documentará bajo la calidad de Inmigrado. En el supuesto de no reconocerse la condición de refugiado, la Coordinación General en la misma resolución debe pronunciarse en el sentido de otorgar o no otorgar la protección complementaria.
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