Visa en México para Visitantes: 11 Opciones que Debes Conocer

Visa en México

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Visa en México para Visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas

El día de hoy, te contaremos las opciones de Visa en México para actividades no remuneradas a la que los extranjeros tienen posibilidad de solicitar.

Esta visa en México permite visitar el país para realizar  actividades que no impliquen recibir remuneración como: actividades turísticas, tránsito por México, negocios (como la asistencia a juntas, visitas de supervisión, capacitación o asesorías en México), actividades relacionadas con el ejercicio de los ministros de culto, trabajos técnicos en empresas (sin recibir pago en México), actividades filantrópicas, deportivas, transporte de mercancías, recibir tratamientos médicos, asistir a ferias y/o conferencias, además de realización de estudios que no impliquen una temporalidad  mayor a 180 días.

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VISA EN MÉXICO POR MOTIVO DE VIAJE – TURISMO

Turquesa tropical hermosa del turismo al aire libre Foto gratis

Visa en México turísticas, actividades de recreo o salud, artísticas, educativas, deportivas, culturales, etc., cuya permanencia en México no sea mayor a 180 días.

Se consideran como actividades de turismo aquellas de recreo o salud; actividades artísticas, culturales o deportivas, (no remuneradas) asistencia a congresos, convenciones, ferias o exposiciones cuando la participación sea de carácter cultural, educativo, informativo, deportivo o artístico cuya permanencia en México no sea mayor a 180 días.

¿Necesito visa?

No requerirán de visa en México aquellos extranjeros originarios de países con los cuales el Gobierno de México tenga suscritos acuerdos de supresión de visas.

México cuenta con las siguientes facilidades migratorias gracias a las cuales podría estar usted exento del requisito de visa:

1) Ser portador de una visa válida y vigente de los Estados Unidos de América.

2) Contar con documento para acreditar residencia permanente en alguno de los siguientes países: Canadá, Estados Unidos de América, países del espacio Schengen, Japón o Reino Unido.

VISA EN MÉXICO POR MOTIVO DE VIAJE – TRÁNSITO

México cuenta con las siguientes facilidades migratorias para el transito de extranjeros.

¿Necesito visa?

No requerirán de visa aquellos extranjeros portadores de pasaportes ordinarios que sean de nacionalidad con la que México cuenta con acuerdos de supresión de visa.

México cuenta con las siguientes facilidades migratorias gracias a las cuales podría estar usted exento del requisito de visa:

1) Ser portador de una visa en México válida y vigente de Estados Unidos de América.

2) Contar con documentos para acreditar residencia permanente  en alguno de los siguientes países: Canadá, Estados Unidos de América, países del espacio Schengen, Japón y Reino Unido.

Requisitos para la visa en México:

  1. Pasaporte
  2. Una fotografía
  3. Probar legal estancia
  4. Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:     

a) Arraigo      
b) Solvencia económica      
c) Estudios hasta por una temporalidad de 180 días

    5. Cubrir el pago de derechos correspondientes en la forma y cantidad que señale la Ley Federal de Derechos.

VISA EN MÉXICO POR MOTIVO DE VIAJE – NEGOCIOS

Grupo de personas diversas que tienen una reunión de negocios Foto gratis

Vías migratorias para conocer diferentes alternativas de negocios.

Permitirá conocer diferentes alternativas de inversión, realizarla o supervisarla; establecer, desarrollar, administrar o prestar asesoría o servicios técnicos clave en funciones de supervisión, ejecutivas o que conlleven habilidades esenciales, para llevar a cabo o administrar una inversión en la cual la persona o su empresa hayan comprometido o estén en vías de comprometer un monto importante de capital; representar a una empresa extranjera, o realizar transacciones comerciales, entre otros. No implica recibir remuneración en territorio nacional y la estancia permitida es hasta por 180 días.

¿Necesito visa?

No requerirán de visa en México aquellos extranjeros portadores de pasaportes ordinarios originarios de nacionalidad con la que México cuenta con acuerdos de supresión de visa.

México cuenta con las siguientes facilidades migratorias gracias a las cuales podría estar usted exento del requisito de visa:

1) Si es portador de una visa válida y vigente de Estados Unidos de América.

2) Si es residente permanente en alguno de los siguientes países: Canadá, Estados Unidos de América, países del espacio Schengen, Japón y Reino Unido.

Requisitos:

  1. Pasaporte
  2. Una fotografía
  3. Probar legal estancia
  4. Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:

a) Arraigo 
b) Solvencia económica 
c) Carta responsiva

    5.  Cubrir el pago de derechos correspondientes en la forma y cantidad que señale la Ley Federal de Derechos.

VISA EN MÉXICO POR MOTIVO DE VIAJE – CORRESPONSAL DE UN MEDIO DE COMUNICACIÓN (PRENSA)

Gente Foto gratis

Requisitos migratorios para corresponsales de medios de comunicación.

¿Necesito visa?

No requerirán de visa aquellos extranjeros portadores de pasaportes ordinarios originarios de nacionalidad con la que México cuenta con Acuerdos de Supresión de visa.

México cuenta con las siguientes facilidades migratorias gracias a las cuales podría estar usted exento del requisito de visa:

1) Ser  portador de una visa válida y vigente de Estados Unidos de América.

2) Contar con documentos para acreditar residencia permanente  en alguno de los siguientes países: Canadá, Estados Unidos de América, países del espacio Schengen, Japón y Reino Unido.

Requisitos:

  1. Pasaporte
  2. Una fotografía
  3. Probar legal estancia
  4. Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:

a) Arraigo 
b) Solvencia económica 
c) Carta responsiva

    5.  Cubrir el pago de derechos correspondientes en la forma y cantidad que señale la Ley Federal de Derechos.

VISA EN MÉXICO POR MOTIVO DE VIAJE – REALIZAR ACTIVIDADES DE MINISTRO DE CULTO/ASOCIADO RELIGIOSO (MISIONEROS)

Información y Requisitos para el trámite de visa de actividades de ministro de culto o asociado religioso.

¿Necesito visa si mi estancia en México será menor a 6 meses?

No se requerirá expedición de visa para realizar actividades de ministro de culto o asociado religioso, cuando la estancia no exceda de 180 días y el extranjero sea originario de un país con el que México tiene suscrito acuerdo de Supresión de Visas.

México cuenta con las siguientes facilidades migratorias gracias a las cuales podría estar usted exento del requisito de visa si su permanencia en México no sea superior a los 180 días.

1) Ser portador de una visa válida y vigente de Estados Unidos de América.

2) Contar con documento para acreditar residencia en alguno de los siguientes países: Canadá, Estados Unidos de América, países del espacio Schengen, Japón y Reino Unido.

Requisitos:

  1. Pasaporte
  2. Una fotografía
  3. Probar legal estancia
  4. Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:

a) Arraigo 
b) Solvencia económica 
c) Carta responsiva

   5.  Cubrir el pago de derechos correspondientes en la forma y cantidad que señale la Ley Federal de Derechos.

Nota: Las personas extranjeras que requieran cumplir con requisitos u obtener alguna autorización para realizar actividades reguladas en otras disposiciones jurídicas distintas a las migratorias, por ejemplo realizar culto público, deberán sujetarse en todo momento a las  disposiciones en la materia y obtener la anuencia de la en  Secretaría de Gobernación.

Las asociaciones religiosas que emitan carta de invitación para ministros de culto o asociados religioso quedarán exceptuadas del cumplimiento de requisitos de solvencia económica y arraigo.

VISA EN MÉXICO POR MOTIVO DE VIAJE – TRABAJOS TÉCNICOS EN EMPRESAS

Bajo ángulo de vista de los rascacielos Foto gratis

Información y Requisitos para el trámite de la visa.

¿Necesito visa si mi estancia en México será menor a 180 días?

No  requerirá de expedición de visa para realizar actividades técnicas, cuando la estancia no exceda de 180 días y el extranjero sea originario de un país con el que México tiene suscrito acuerdo de Supresión de Visas. Si el período de permanencia en México será mayor a los 180 y menor a 4 años, es obligatorio tramitar una visa de Residencia temporal.

México cuenta con las siguientes facilidades migratorias gracias a las cuales podría estar usted exento del requisito de visa si su estancia será hasta por 180 días:

1) Ser es portador de una visa válida y vigente de los Estados Unidos de América.
2) Contar con documento para acreditar residencia permanente en alguno de los siguientes países: Canadá, Estados Unidos de América, países del espacio Schengen, Japón y Reino Unido.

Requisitos:

  1. Pasaporte
  2. Una fotografía
  3. Probar legal estancia
  4. Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:

a) Arraigo 
b) Solvencia económica 
c) Carta responsiva

   5.  Cubrir el pago de derechos correspondientes en la forma y cantidad que señale la Ley Federal de Derechos.

Nota: Si se requiere cumplir con requisitos u obtener alguna autorización para realizar alguna actividad regulada en otras disposiciones jurídicas distintas a las migratorias, deberán sujetarse en todo momento a dichas disposiciones.

VISA EN MÉXICO POR MOTIVO DE VIAJE – OTORGAR O RECIBIR ASESORÍAS O CAPACITACIÓN

Todos sonríen y escuchan. grupo de personas en conferencia de negocios en el aula moderna durante el día Foto gratis

Información y Requisitos para el trámite de la visa.

¿Necesito visa si mi estancia en México será menor a 180 días?

No  requerirá de expedición de visa para realizar actividades técnicas, cuando la estancia no exceda de 180 días y el extranjero sea originario de un país con el que México tiene suscrito acuerdo de supresión de visa.

Si el período de permanencia en México será mayor a 180 días y menor a 4 años, es obligatorio tramitar una visa de Residencia temporal.

Adicionalmente México cuenta con las siguientes facilidades migratorias gracias a las cuales podría estar usted exento del requisito de visa si visita el país por menos de 180 días:

1) Ser es portador de una visa válida y vigente de los Estados Unidos de América.
2) Contar con documento para acreditar residencia permanente en alguno de los siguientes países: Canadá, Estados Unidos de América, países del espacio Schengen,  Japón y Reino Unido.

Requisitos:

  1. Pasaporte
  2. Una fotografía
  3. Probar legal estancia
  4. Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:

a) Arraigo 
b) Solvencia económica 
c) Carta responsiva

  5.  Cubrir el pago de derechos correspondientes en la forma y cantidad que señale la Ley Federal de Derechos.

 
Nota: Si se requiere cumplir con requisitos u obtener alguna autorización para realizar alguna actividad regulada en otras disposiciones jurídicas distintas a las migratorias, deberán sujetarse en todo momento a dichas disposiciones.

El Gobierno de México publica en sus páginas oficiales, la siguiente información, dale un clic aquí

VISA EN MÉXICO POR MOTIVO DE VIAJE – REALIZAR ACTIVIDADES FILANTRÓPICAS

Voluntarios que se encargan de las donaciones Foto Premium

Información y Requisitos para el trámite de la visa

¿Necesito visa si mi estancia en México será menor a 180 días? 

No  requerirá de expedición de visa para realizar actividades técnicas, cuando la estancia no exceda de 180 días y el extranjero sea originario de un país con el que México tiene suscrito Acuerdo de Supresión de Visas.

Sí el período de permanencia en México será mayor a 6 meses y menor a 4 años, es obligatorio tramitar una visa de Residencia temporal.

México cuenta con las siguientes facilidades migratorias gracias a las cuales podría estar usted exento del requisito de visa, si visita el país por menos de 180 días:

1) Ser es portador de una visa válida y vigente de los Estados Unidos de América.

2) Contar con documento para acreditar residencia permanente en alguno de los siguientes países: Canadá, Estados Unidos de América, países del espacio Schengen, Japón y Reino Unido.

Requisitos:

  1. Pasaporte
  2. Una fotografía
  3. Probar legal estancia
  4. Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:

a) Arraigo 
b) Solvencia económica 
c) Carta responsiva

    5.  Cubrir el pago de derechos correspondientes en la forma y cantidad que señale la Ley Federal de Derechos.

Nota: Si se requiere cumplir con requisitos u obtener alguna autorización para realizar alguna actividad regulada en otras disposiciones jurídicas distintas a las migratorias, deberán sujetarse en todo momento a dichas disposiciones. Adicionalmente, aquellos que en su carácter de miembros de organismos gubernamentales o no gubernamentales deseen ingresar a territorio nacional con la finalidad de brindar asistencia o servicios médicos de manera voluntaria en poblaciones marginadas, deberán obtener la autorización de la Secretaría de Salud de la localidad en la que vayan a desempeñar sus funciones.

VISA EN MÉXICO POR MOTIVO DE VIAJE – TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

Joven trabajando en un almacén con cajas Foto gratis

Visado en caso de realizar transportación de mercancías.

¿Necesito visa?

No  requerirá de expedición de visa para realizar actividades de transporte de mercancías, cuando la estancia no exceda de 180 días y el extranjero sea originario de un país con el que México tiene suscrito acuerdo de supresión de visa.

Adicionalmente México cuenta con las siguientes facilidades migratorias gracias a las cuales podría estar usted exento del requisito de visa:

1)  Ser portador de una visa válida y vigente de los Estados Unidos de América.
2) Contar con documento para acreditar la residencia permanente en alguno de los siguientes países: Canadá, Estados Unidos de América, países del espacio Schengen, Japón y Reino Unido.

¿Para quién aplica esta visa?

Chofer u operador de transporte de carga y que pretenda ingresar al territorio nacional con el único objeto de cargar o descargar mercancías en los recintos de aduanas fronterizas de territorio nacional.

Carretilla elevadora agv: transporte más con seguridad en el almacén. Foto gratis

Requisitos:

Licencia de conducir válida y vigente, para manejar autobuses de carga.

Carta membretada de la empresa o asociación transportista a la que pertenece, dirigida a la autoridad consular, solicitando la visa mexicana a favor de la persona extranjera que indique el tipo de mercaderías que transporta, las rutas más frecuentes que utiliza, manifestando que la persona extranjera cuenta con los recursos económicos necesarios para solventar su estancia en territorio nacional. La carta también deberá contener:

a) Nombre completo del solicitante o interesado y nacionalidad;
b) Denominación o razón social de la empresa o asociación transportista;
c) Domicilio completo y datos de contacto de la empresa o asociación, y
d) Copia de una identificación oficial con firma de quien suscribe la carta.

VISA EN MÉXICO POR MOTIVO DE VIAJE – CAUSA HUMANITARIA

Aplicable a aquellos extranjeros que se encuentren en los siguientes supuestos:

Requisitos:

I.             Pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido conforme al derecho internacional y vigente, en original y copia;

II.           Una fotografía con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño pasaporte, cuyas medidas deberán ser como mínimo de 32.0 milímetros x 26 milímetros y como máximo de 39.0 milímetros x 31.0 milímetros, con fondo blanco y de frente;

III.          Original y copia del documento que acredite su legal estancia, si la persona extranjera no es nacional del país donde solicita la visa,

IV.         Cubrir el pago de derechos correspondientes en la forma y cantidad que señale la Ley Federal de Derechos. salvo en los casos en los que exista Acuerdo o Declaración Unilateral de Gratuidad con el país del cual es nacional la persona extranjera.

Supuestos:


I. Estado grave de salud.

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a)     Presentar documentos para acreditar vínculo familiar con persona extranjera en estado grave de salud (aplicable  en el caso de cónyuge, concubina o concubinario, hijo del extranjero)

b)     Presentar documento que acredite estado grave de salud del extranjero emitido por institución de salud pública o privada, con fecha de expedición no mayor a 30 días.

II. Reconocimiento o recuperación de cadáver.

a)     Presentación de documentos para acreditar vínculo familiar con extranjero que falleció en territorio nacional (aplicable en el caso de cónyuge, concubina o concubinario, hijo, padre o madre de la persona extranjera)

b)     Documento en el que conste que solicitante ha sido notificado de que se requiere su intervención para el reconocimiento o recuperación de cadáver, emitido por autoridad competente o institución pública federal, estatal o municipal.

III.   Por interés público

Petición de una dependencia por entidad de la Administración Pública federal, estatal o municipal por interés público para realizar, dirigir, coordinar o apoyar acciones de auxilio o rescate en situaciones de emergencia o desastre en el territorio nacional.

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